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 DECRETO N° 704

 

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con las facultades que le otorgan los artículos 115 párrafo tercero de la fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 59 fracción IX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 26 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, aprueba las renuncias a sus cargos presentada ante esta Legislatura, por los CC. ALBERTO VÁSQUEZ MARTÍNEZ, Regidor de Salud, ANTON MÉNDEZ VÁSQUEZ, Regidor de Educación y ANTONIO VÁSQUEZ MARQUEZ Regidor de Obras, del Honorable Ayuntamiento de San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca. En términos de los artículos 115 párrafo tercero de la fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 59 fracción IX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 86 fracción I, 87, 88 y 93 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por desintegración del cuerpo colegiado municipal, declara la desaparición del Ayuntamiento de San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca, por haber renunciado a sus cargos la mitad de los Concejales Propietarios y la inexistencia de Suplentes para ocupar los cargos; se faculta al Gobernador del Estado para que nombre a un Administrador que se haga cargo de la administración municipal, hasta en tanto en uso de sus facultades que le confiere el artículo 79 fracción XV, de la Constitución Política del Estado, proponga al Congreso del Estado, a los vecinos del Municipio para que integren el Concejo Municipal.

 

Comuníquese esta determinación a los promoventes; al Titular de la Auditoría Superior del Estado; al Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado; al Presidente del Instituto Estatal Electoral y al Director de Gobierno, para los efectos legales procedentes.

 

 

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 14 de octubre de 2008.

 

 

 

 

DIP. PAOLA ESPAÑA LÓPEZ.

PRESIDENTA.
RÚBRICA.

  

DIP. CLAUDIA DEL CARMEN SILVA FERNÁNDEZ.

SECRETARIA.
RÚBRICA.

 

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ.

SECRETARIO.
RÚBRICA.